sábado, 16 de febrero de 2013

Caso Megaupload

El día 21 de marzo del año 2005 el empresario e informático Kim Dotcom, un hombre que no pasa desapercibido, mide algo más de dos metros y pesa cerca de ciento treinta kilos creó el portal Megaupload, reconocido servicio para almacenar y compartir archivos. Con base en Hong Kong, la empresa llegó a tener ciento cincuenta empleados y en un momento fue el sitio web número trece más popular en Internet con ingresos por ciento setentaicinco millones de dólares y cincuenta millones de visitas diarias. Con esto generó el cuatro por ciento del tráfico de Internet a nivel mundial.
Megaupload no era un simple servicio para compartir archivos; en realidad, agrupaba servicios para guardar imágenes, videos y otros, entre los que están Megavideo, Megalive y Megapix.
El Departamento de Estado de EEUU, junto con el FBI y otras autoridades internacionales, lideró una operación contra la popular página web de intercambio de archivos, que fue clausurada, y contra varios de sus responsables, quienes han resultado detenidos y acusados en el estado de Virginia  (EEUU) de conspiración para cometer un crimen y violación de la propiedad intelectual. En un día, se había desarticulado la trama y encarcelado a Kim Schmidtz (Dotcom), entonces de 38 años; los también alemanes Mathias Ortmann, cofundador del portal; y Finn Batato, responsable técnico; y el holandés Bram van der Kolk, jefe de programación. Los detenidos en Europa fueron el germano Sven Echternach y el estonio Andrus Nomm. Los cargos concretos son participar en una confabulación de crimen organizado, cometer infracciones de derechos de autor de forma masiva, blanqueo de dinero y dos cargos criminales de violación de la propiedad intelectual. Así, cada uno de los siete acusados se enfrentan a penas de hasta cincuenta años de prisión entre todos los cargos.
Todo esto provocó el cierre de la plataforma el día 5 de enero del año 2012.
Exactamente un año más tarde, el portal Mega, sucesor de Megaupload, vió la luz. El nuevo servicio de almacenamiento de Kim Dotcom, quien actualmente se encuentra en libertad condicional, se le ha retenido dinero de sus cuentas y está pendiente de un proceso de extradición a EEUU, tiene un objetivo similar a su predecesor: subir, compartir y descargar archivos de manera segura, aunque con algunos cambios de carácter legal. Mega respeta los derechos de autor de otros y espera que los usuarios de los servicios en la nube hagan lo mismo. Así empieza Mega, posiblemente fruto de la experiencia pasada, parece ir un paso más allá en su afán de evitar responsabilidad en la compartición de los contenidos, de manera que cada vez que el usuario sube un archivo a Mega, el servicio lo encripta, siendo éste sólo accesible por el propio usuario y nunca por los administradores del servicio. Haciendo que de esta manera la web no quebrante la ley.

José María González-Llanos de la Peña          Periodismo y economía
                                
                                                                                                    

8 comentarios:

  1. Antes de nada, decir que soy un usuario de estos servicios de subida, por lo que tengo un mínimo de conocimientos al respecto. Lo que ha hecho Mega para evadir su anterior "violación a la legalidad" es delegar la responsabilidad sobre los archivos subidos al propio usuario que los sube. El problema del anterior Megaupload es que tomó la responsabilidad de las consecuencias legales que suponían el tipo de archivos subidos, y al ser muchos de ellos protegidos por el copyright y la propiedad intelectual, los pleitos parecían ser inevitables; la diferencia con Mega es, como dice el compañero, que ahora la página, sus administradores y cualquier tema relacionado con ella, no asumen responsabilidad alguna al ser totalmente ignorantes del tipo de archivos que sube cada usuario: ellos encriptan tales archivos y la responsabilidad pasa a ser del usuario. Es, básicamente, un método de huida para evitar aquello que llevó a Megaupload a la ruina; además de eso, el registro fue llevado a cabo en el país natal de Dotcom, Nueva Zelanda, de tal modo que pueda huir de la legislación norteamericana.

    Ahora bien, hablando a nivel de usuarios y dejando de lado el punto polémico de la página, hemos de aclarar que Mega es una página de almacenaje de archivos que supera ampliamente a muchas otras que existen hoy en día. Algunas de sus competidoras podrían ser lugares de almacenaje como Mediafire, Depostifiles, Rapidshare... etc., pero todos ellos tienen un gran problema: tienen un límite de subida para las cuentas gratuítas (límite de tamaño de los archivos subidos). Si bien está claro que en cualquiera de ellas hay un límite de espacio total que puede ocupar una cuenta gratuíta, a lo que yo refiero, por ejemplo, es que algunas de ellas solo dejan subir archivos de 100 MB máximo (mediafire, por ejemplo), lo que dificulta enormemente la subida de archivos de gran peso. Esto no pasa en MEGA. Como experiencia personal: yo suelo subir archivos en varios lugares, mediafire entre ellos, y recienetemente me planteé subir tres archivos que pesaban 2GB cada uno. Si hubiera querido usar MF para esto tendría que haber dividido cada archivo en 20 partes y subir cada una individualmente, lo que habría hecho un caos de 60 archivos en total a descargar (imaginad lo que tiene que ser descargar todo eso y después unirlos). Sin embargo, MEGA permite la subida de archivos de tamaño ilimitado (siempre dentro del máximo de 50GB que se puede subir a cada cuenta), por lo que podía subir sin problemas cada archivo individualmente. Creo que la diferencia tanto a nivel de uploader como downloader es clara.

    Otro punto que cabe destacar de MEGA es su velocidad de descarga y subida. De nuevo voy a hacer una comparación con Mediafire. Mediafire tiene una velocidad de subida (upload) muy inestable: hay días en los que un archivo de 90MB se te sube en diez segundos apenas, otros días tarda entre cinco y diez minutos. No conozco el porque de esto, pero hace que de vez en cuando sea molesto usarlo como medio de subida. Sin embargo, MEGA posee una buena velocidad de subida media. En sus primeros días el servicio estaba bastante saturado, por lo que era imposible subir nada (0MB/segundo), pero a los pocos días empezó a demostrarse que en realidad la velocidad que podía esperarse de la página era bastante alta (1.5-2MB/segundo). Esta velocidad de subida es muy útil, los archivos no tardan apenas tiempo en ser almacenados, y después su velocidad de descarga es también bastante rápida.

    En definitiva, la página aun no lleva ni un mes on-line, y ya empieza a arrasar en todos los lugares, así que hay que esperar y ver cuál es el futuro que le depara. Pero en definitiva, al menos desde mi punto de vista, MEGA puede ser una herramienta que es muy útil para tareas como compartir archivos de todo tipo, independientemente de su peso, de una parte a otra del mundo. La parte conflictiva del tema prefiero dejarla de lado por el momento, pues daría lugar probablemente a posturas muy enfrentadas y podría causar demasiado revuelo.

    David Catalán Sebastiá, Derecho y Periodismo.

    ResponderEliminar
  2. Se me antoja preciso, ya que el portal Megaupload fue clausurado por vulnerar derechos de autor, efectuar un breve análisis de la propiedad intelectual.
    La propiedad intelectual puede ser definida como el conjunto de derechos de carácter moral y patrimonial, que atribuyen al autor y a otros titulares la plena disposición y el derecho exclusivo respecto a la explotación de las obras y prestaciones fruto de su creación, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley.
    Conviene referir que la propiedad intelectual se escinde en dos ramas, a saber: la propiedad industrial y el derecho de autor. La primera comprende los derechos que una persona física o jurídica puede ejercer sobre invenciones, patentes, marcas, dibujos, modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; la segunda derechos sobre obras literarias, artísticas y científicas.
    A lo largo de la historia mucho se ha argumentado, tanto a favor como en contra, acerca de la propiedad intelectual. Baste como ejemplificación la tesis de uno de sus defensores, Jean Le Chapelier, quien consideraba que la más sagrada de todas las propiedades era el trabajo fruto del pensamiento de un escritor y que, por consiguiente, era esencial que durante la vida del primero, e incluso años después de su defunción, nadie pudiese disponer de su obra sin su consentimiento. En contraposición, uno de los más célebres detractores fue Nicolas de Condorcet, quien juzgaba la propiedad intelectual no como derecho, sino como privilegio y, en calidad de tal, como obstáculo a la libertad.
    Cada legislación nacional ha estipulado un plazo de tiempo, a contar desde el fallecimiento del autor, transcurrido el cual expiran los derechos de carácter patrimonial. En consecuencia, la obra literaria, artística o científica de dicho autor pasa a dominio público, pudiendo ser explotada por cualquier sujeto, siempre que este respete los derechos morales.
    El portal Megaupload permitía descargar todo tipo de archivos, entre los que se hallaban obras de estreno, específicamente películas, libros y música. Se estima que en sus siete años de actividad hizo perder quinientos millones de dólares, en concepto de derechos de autor.
    Considero complejo posicionarse a favor o en contra de la propiedad intelectual, ya que todo depende de la posición que uno ocupe. Así, en calidad de cliente es fácil argumentar que las películas, los libros y la música son excesivamente caros y que tanto mejor es disfrutar de una obra gratuita. Sin embargo, en calidad de autor, es inconcebible pensar que el esfuerzo que uno ha dedicado a sus creaciones artísticas no obtenga la recompensa conveniente.

    Fuentes Calvo, Daniel(Derecho+Periodismo).

    ResponderEliminar
  3. El lanzamiento de la página Mega es, por un lado, el ejemplo de la capacidad de Internet para solventar cualquier problema que se le plantee y, por otro, y tal y como ha mencionado Daniel en su comentario anterior, una muestra de un debate social. ¿Dónde está el límite de la propiedad intelectual?
    Mega nació para servir a todos aquellos usuarios que nos quedamos decepcionados tras el cierre de Megaupload. El alto precio de servicios como el cine o la posibilidad de acceder a archivos de cualquier país o época hicieron que, cada año, más personas acudieran a este tipo de páginas. Pero la ley actuó y vio en esta página un grave delito de propiedad intelectual.
    No obstante, Mega salió a nuestro rescate haciendo gala de una gran picardía: la responsabilidad legal ya no está en la página, sino en cada uno de los miles de usuarios que forman esta gran red y que son los encargados y responsables de subir los archivos.
    La principal diferencia con Megaupload reside en que, cuando se sube un nuevo archivo, éste queda guardado bajo un nombre y una contraseña que solo conoce su propietario y de la que Mega es desconocedor absoluto.
    También me gustaría mencionar que esta nueva página cuenta con la posibilidad de disponer de cuentas premium y así, tener acceso a mayores contenidos y a subir una mayor cantidad de datos.
    Respecto al debate social que ha ocasionado Mega, considero que es del todo imposible controlar, en un gigante como Internet, la posibilidad de acceso a contenidos y esta página es el resultado de ello. Al igual que mis compañeros, posicionarse en un lado u otro es realmente complejo pero lo que si hay que considerar es el momento histórico-social en el que nos encontramos. La sociedad de la información en la que vivimos hace necesaria una renovación de la industria cultural, incluyendo cine, música o literatura, de modo que ésta debe adaptarse a la nueva situación y, sobre todo, a los nuevos sistemas de transmisión y difusión.

    Por último, he encontrado un enlace que podría ser de interés puesto que se debate en él la seguridad de Mega. Si bien nace como una página en la que cada usuario es el único conocedor de su cuenta y contraseña, el mismo día de su lanzamiento (en el que la página llegó a colapsarse) se registraron ciertos fallos de seguridad. En enlace es el siguiente: http://www.adslzone.net/article10504-mega-no-es-tan-segura-como-presume-ser.html

    ResponderEliminar
  4. No quise introducir el tema al que ha dedicado Daniel su comentario precisamente por su controversia. Ni siquiera mi posicionamiento es claro a favor o en contra de la piratería, es decir: a la hora de decir si es algo bueno o es algo malo. Pero no tengo miedo a la hora de decir que no soy una persona santa y que yo, al menos, pirateo ;)

    Entrando ya al debate, el tipo de sociedad en la que vivimos hace inevitable que a todo tipo de trabajo haya de ponérsele una retribución (para el trabajador y los medios que han intervenido para que el trabajo llegue al punto final del mismo). Sin embargo, la controversia está: ¿Cuál es ese precio?

    Que un disco de música cueste 20 euros y que el creador de tal producto, el verdadero autor musical, no vea apenas un centavo de tal retribución monetaria (que la mayoría de la misma se la lleven las discográficas) no me parece un pago correcto. El verdadero pago a un artista, como tema utópico, es el de apreciar su arte: escuchar la música, leer el libro, observar un cuadro; y es a él a quien hay que pagársele el PRECIO JUSTO por tal producto. Es evidente que las discográficas financian, expanden el producto y tienen muchas otras tareas (que de muchos otros modos podrían realizarse) pero resulta ridículo que sean ellas, por ejemplo en el mundo de la música, las que se lleven el gran peso del beneficio económico. Si con mi compra estuviera facilitando algo considerable al verdadero autor de la misma, me lo pensaría menos a la hora de comprar un disco; pero poco o nada me interesa a mí dar un buen aliciente a un mundo comercial inmoral y salvaje que, cada día, explota más a aquellos que se ven inmersos en el mismo.

    Este tema es diferente en diferentes artes: en el cine, en la literatura, en la pintura, la fotografía... etcétera. ¿Para qué trabaja un artista (además de para ganarse la vida)? Para hacer llegar un mensaje a un público. Si el pago que se pide por su obra es excesivamente alto, como ocurre hoy en muchos casos (itunes: canciones a un euro, dos euros...), es evidente que el producto va a llegar a menos manos, y por lo tanto una obra que, por su grandeza y calidad pudiera llegar a ser muy reconocida mundialmente, se quede "a las puertas del cielo", como suele decirse metafóricamente.

    En cualquier caso, también es evidente que buscar la obtención gratuita del trabajo de otros no es diferente que robar en una tienda (y esto es algo que mucha gente no ve). ¿Cuál es entonces la diferencia? El valor que se le da a cada cosa. Cada producto ha de tener un precio, y este precio ha de representar el esfuerzo y el gasto que ha conllevado el mismo, pero al mismo tiempo ha de ser algo al alcance del "pópulo", o de la gente de a pie, porque si no ya estamos entrando en un conflicto clasista económico (es, de hecho, inevitable hacerlo). El primer problema de los artes hoy en día es ese: el desequilibrio entre precio-producto y, sobre todo, el destinatario de la retribución económica.

    Probablemente si atendiéramos a puntos como ese, el debate que es hoy tan afamado y controvertido on-line y también no on-line, podría llegar a un cauce mejor...

    David Catalán Sebastiá, Derecho y Periodismo

    ResponderEliminar
  5. Agradezco fervorosamente el interés que ha suscitado mi primer comentario en este blog. Me aventuraré con el segundo.
    Cierto es que la propiedad intelectual forma parte de un controvertido debate en que resulta complejo, sino imposible, posicionarse, al menos de forma definitiva. Reitero que todo depende de intereses, no tanto morales como patrimoniales, de si la propiedad intelectual nos beneficia o perjudica en determinado momento. Así, quien hoy arremete contra la propiedad intelectual y la vulnera, mañana, tras haber escrito, filmado o compuesto una obra, puede cambiar su chaqueta por otra y defender exaltado a su antigua enemiga.
    En las campañas publicitarias estatales contra la piratería se inquirirá al espectador ¿Si no te gusta que te roben, por qué robas?, pregunta ante la cual el ciudadano puede pensar perfectamente para sus adentros ¿Si no les gusta que les robemos, por qué nos “roban” (a través de tan desorbitados precios)?
    Encuentro otro debate vinculado con el anterior que considero, si cabe, todavía más importante y que puede formularse a través de la siguiente pregunta ¿Quién es más responsable de quebrantar la propiedad intelectual, quien sube los archivos o quien los descarga? De nuevo, encontraremos dos posturas enfrentadas, incluso una tercera, según la cual ambos son igual de responsables.
    Sinceramente, creo que ambos tienen culpa, pero en distinta proporción. Considero que más responsabilidad tiene aquel que sube y distribuye los archivos que quien los descarga. El soldado desarmado no puede disparar, a menos que le ofrezcan armas.
    Fuentes Calvo, Daniel (Derecho+ Periodismo).

    ResponderEliminar
  6. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  7. Hola a todos. En primer lugar me alegra encontrarme con este ambiente de debate que tenemos en el blog, veo que somos muy participativos. Y con respecto a lo hablado, para no entrar en temas ya zanjados, me gustaría apuntar algo sobre lo que ha expuesto Daniel en último lugar.
    Estoy de acuerdo contigo respecto a que ambos tienen la culpa, y aunque en cierta medida podríamos darle mayor peso de responsabilidad al que sube y distribuye, tampoco hay que olvidar que los videos y descargas, bajados por nosotros, suponen el alimento del "mayor culpable", pues si no los viéramos, el dilema terminaría; pero es un poco "la pescadilla que se muerde la cola", ¿no os parece?
    Trapiello González, María, (Economía-Periodismo)

    ResponderEliminar
  8. El lanzamiento de la página Mega es, por un lado, el ejemplo de la capacidad de Internet para solventar cualquier problema que se le plantee y, por otro, y tal y como ha mencionado Daniel en su comentario anterior, una muestra de un debate social. ¿Dónde está el límite de la propiedad intelectual?
    Mega nació para servir a todos aquellos usuarios que nos quedamos decepcionados tras el cierre de Megaupload. El alto precio de servicios como el cine o la posibilidad de acceder a archivos de cualquier país o época hicieron que, cada año, más personas acudieran a este tipo de páginas. Pero la ley actuó y vio en esta página un grave delito de propiedad intelectual.
    No obstante, Mega salió a nuestro rescate haciendo gala de una gran picardía: la responsabilidad legal ya no está en la página, sino en cada uno de los miles de usuarios que forman esta gran red y que son los encargados y responsables de subir los archivos.
    La principal diferencia con Megaupload reside en que, cuando se sube un nuevo archivo, éste queda guardado bajo un nombre y una contraseña que solo conoce su propietario y de la que Mega es desconocedor absoluto.
    También me gustaría mencionar que esta nueva página cuenta con la posibilidad de disponer de cuentas premium y así, tener acceso a mayores contenidos y a subir una mayor cantidad de datos.
    Respecto al debate social que ha ocasionado Mega, considero que es del todo imposible controlar, en un gigante como Internet, la posibilidad de acceso a contenidos y esta página es el resultado de ello. Al igual que mis compañeros, posicionarse en un lado u otro es realmente complejo pero lo que si hay que considerar es el momento histórico-social en el que nos encontramos. La sociedad de la información en la que vivimos hace necesaria una renovación de la industria cultural, incluyendo cine, música o literatura, de modo que ésta debe adaptarse a la nueva situación y, sobre todo, a los nuevos sistemas de transmisión y difusión.

    Por último, he encontrado un enlace que podría ser de interés puesto que se debate en él la seguridad de Mega. Si bien nace como una página en la que cada usuario es el único conocedor de su cuenta y contraseña, el mismo día de su lanzamiento (en el que la página llegó a colapsarse) se registraron ciertos fallos de seguridad. En enlace es el siguiente: http://www.adslzone.net/article10504-mega-no-es-tan-segura-como-presume-ser.html

    Santa Cruz Díez, Belén

    ResponderEliminar